Turismo y visitantes

Para programar una cita para los servicios de NIV, siga los pasos a continuación.

Paso 1: Verifique la validez de su pasaporte. Su pasaporte debe ser válido por al menos seis meses después de su período de estadía en los EE. UU.

Paso 2: Solicite el visado de no inmigrante en línea completando el formulario DS-160.

  • Si se incluye más de una persona en su grupo, cada persona que necesite una visa debe presentar una solicitud por separado.

  • Tenga en cuenta que debe responder a TODAS las preguntas de los formularios de solicitud. Si la respuesta a una pregunta es “ninguna”, escriba “ninguna” (no la deje en blanco).

  • Una solicitud completa DEBE incluir una foto cargada. Se devolverán los formularios incompletos / incorrectos y será necesario que programe una nueva cita para la entrevista.

Paso 3: programe una cita para la entrevista en el Sistema de citas de NIV utilizando su código de barras / número de recibo. (El número de código de barras es el número de recibo obligatorio). Código de Barras/ número de recibo obligatorio:*

Paso 4: Pague la tarifa de MRV en el momento de su cita. $160 para visas de no inmigrante B-1 (negocios) y B-2 (turismo y visitas).

Aviso Especial:

Los guardias ya no podrán proteger computadoras portátiles o grandes dispositivos electrónicos personales de los visitantes de la Embajada de los Estados Unidos.  Le invitamos a asegurar dichos dispositivos en su vehículo en el aparcamiento.  Si no puede proteger dichos dispositivos, no podemos concederle acceso a la Embajada.  Es recomendable dejar estos dispositivos en casa para evitar problemas al querer entrar a la Embajada de los Estados Unidos.

Para programar una cita para los servicios de NIV, haga clic en el enlace correspondiente a continuación para asegurarse de que está solicitando la clase de visa correcta y que tiene la tarifa correspondiente en el momento de la entrevista.

Paso 1. Compruebe la validez de su pasaporte

Su pasaporte debe ser válido por al menos seis meses después de su período de estadía en los Estados Unidos, a menos que esté exento por los acuerdos específicos de países (PDF, 57 KB). Si se incluye más de una persona en su pasaporte, cada persona que necesite un visado debe presentar una solicitud por separado.

Paso 2. Complete la solicitud de visado de no inmigrante en línea, formulario DS-160

  • Solicite el visado de no inmigrante en línea completando el formulario DS-160.
  • Tenga en cuenta que debe responder a CADA pregunta en los formularios de solicitud.  Si la respuesta a una pregunta es “ninguna”, escriba “ninguna” (no la deje en blanco).  Los formularios incompletos / incorrectos serán devueltos y requerirán que programe una nueva cita para la entrevista.
  • ¡Importante! Muchos de nuestros solicitantes de visado están completando el DS-160 de manera incorrecta, lo que nos lleva a posponer las fechas de entrevista de visados planeadas. Tenga en cuenta también que si rellena una solicitud pero no asiste a su entrevista,  se eliminará su solicitud del sistema. Deberá volver a rellenar un nuevo formulario de solicitud por internet si vuelve a solicitar una entrevista. Si agenda citas duplicadas, eliminaríamos todas excepto la primera.

Paso 3. Añada  cualquier documentación adicional

Solo se requiere un pasaporte, la página de confirmación DS-160, una foto en color de 2 x 2 pulgadas que no tenga más de 6 meses, con un fondo claro o blanco, y los formularios enumerados en el Paso 2 para la entrevista de visa. Se puede añadir documentos adicionales para establecer si está calificado. Por ejemplo, los documentos adicionales solicitados pueden incluir evidencia de:

  • El propósito de su viaje;
  • Su intención de salir de los Estados Unidos después de su viaje; y / o
  • Su capacidad de pagar todos los gastos del viaje.

Nota: Los solicitantes de visado deben calificar en base a la residencia del solicitante y los vínculos en el extranjero, en lugar de las garantías de familiares y amigos en los EE. UU. No se necesita una carta de invitación o declaración jurada de respaldo para solicitar un visado de turista. Si elige traer una carta de invitación o declaración jurada de respaldo a su entrevista, recuerde que no es uno de los factores que utilizamos para determinar si emitir o denegar un visado de turista.

Paso 4. Solicite una cita de entrevista

Para coger una cita para una entrevista de visado de no inmigrante (NIV), consulte el Sistema de citas NIV en línea de la Embajada.  Debe traer la página de confirmación de su cita a la entrevista. Llegue 15 minutos antes de la cita, el acceso tardío se otorga hasta 15 minutos después de la hora programada.

Paso 5. Presente su formulario de solicitud y pasaporte

Entregue la hoja de confirmación del DS-160 completa,  una foto reciente en color con fondo blanco y sin lentes de 2 x 2 pulgadas y un pasaporte válido a la Sección Consular cuando llegue para su entrevista.

Paso 6. Pague la tarifa de MRV

El día de su entrevista, pague las siguientes tarifas no reembolsables para la solicitud de visado: $160 para visados de no inmigrante B-1 (Negocios) y B-2 (Turismo y visita); $190 para los  visados H, L, O, P, Q y R; y $270 para los visados E

Paso 7. Entrevista para su visado con el oficial consular

Durante su entrevista, un oficial consular determinará si usted está calificado para recibir un visado, y si es así, qué categoría de visado es la adecuada según su propósito de viaje.  Deberá establecer que cumple con los requisitos de la ley de los EE. UU. para recibir la categoría de visado que está solicitando.

Como parte de su proceso de solicitud, se le tomará las huellas digitales. Por lo general, se toman durante la entrevista, pero esto varía según la ubicación.

Paso 8. Pague la tasa de emisión del visado

Pagará una tarifa para la  emisión de un visado, según el tipo de visado emitido y su nacionalidad (reciprocidad).

Paso 9. Vuelva para recoger su pasaporte y visado

Si se le expide el visado, regrese el miércoles siguiente a las 3 de la tarde o el viernes a las 10 de la mañana para recoger su pasaporte y visado. Los pasaportes serán entregados en la cabina en la esquina más alejada del estacionamiento.

Visa B1B2

Puede obtener más información sobre cada tipo de visa en el sitio web travel.state.gov o haciendo clic en los tipos de visa a continuación.

Turismo/Placer: En general, un ciudadano de un país extranjero que desea entrar en los Estados Unidos debe primero obtener un visado, ya sea un visado de no inmigrante para una estadía temporal, o un visado de inmigrante para residencia permanente. Los visados de visitantes son visados de no inmigrante para personas que desean entrar en los Estados Unidos temporalmente por negocios (categoría de visado B-1), turismo, placer o visita (categoría de visado B-2), o una combinación de ambos propósitos (B-1 / B-2).

Nota: Es la responsabilidad del viajero asegurarse que él o ella reune todos los requisitos para viajar.  El fracaso de obtener un visado antes de viajar puede dar lugar a que se le deniegue el embarque por la compañía aérea.

Aquí hay algunos ejemplos de actividades permitidas con un visado de visitante:

  • turismo
  • vacaciones)
  • visita con amigos o familiares
  • tratamiento médico
  • Participación en eventos sociales organizados por organizaciones fraternales, sociales o de servicios.
  • participación de aficionados en eventos o concursos musicales, deportivos o similares, si no se les paga por participar
  • inscripción en un curso de estudio recreativo corto, no para crédito hacia un título (por ejemplo, una clase de cocina de dos días mientras está de vacaciones)

Programa de Exención de Visado

Puede usar el VWP si cumple con los siguientes criterios:

Planea viajar a los Estados Unidos por 90 días o menos;

  • A partir del 12 de enero de 2009, contar con una Autorización Electrónica de Viaje (ESTA) aprobada.  ESTA es un sistema automatizado que determina la elegibilidad de los visitantes para viajar a los Estados Unidos bajo el Programa de Exención de Visa (VWP); tenga en cuenta que se pueden enviar varias solicitudes ESTA al mismo tiempo para las personas que viajan en grupos.
  • Están viajando por turismo o negocios;
  • Lleva consigo un pasaporte biometrico que, en la mayoría de los casos, debe ser válido durante al menos seis meses después de su salida prevista de los EE. UU .;
  • Tener un billete de ida y vuelta o un billete hacia la mayoría de los destinos fuera de los Estados Unidos;

Necesitará un visado y no podrá usar VWP, si uno de estos criterios son de su incumbencia:

  • Quiere permanecer en los Estados Unidos por más de 90 días;
  • Tiene antecedentes penales; NOTA: para las condenas por conducir bajo los efectos del alcohol, según los solicitantes de USCBP con una sola condena DIC / DUI NO es motivo para negar la entrada a los EE. UU .; sin embargo, múltiples condenas DIC / DUI o una condena DIC / DUI en combinación con otros delitos menores pueden hacer que una persona sea inadmisible y exija una exención antes de entrar en los Estados Unidos.
  • La intención de viajar en aviones privados / charter o transportes marítimos;
  • Quiere trabajar o estudiar en los Estados Unidos, incluso trabajar como periodista extranjero.  Esto incluye asistir a la escuela secundaria o superior, y al empleo remunerado o no remunerado (incluidos au pair, pasantes, periodistas que trabajan y representantes gubernamentales en asuntos oficiales).  Para obtener más información sobre las clasificaciones de visados adecuados para estas actividades, visite travel.state.gov ;
  • Ha sido deportado o rechazado la admisión a los EE. UU. antes, o no ha cumplido con una admisión o visado VWP anterior. Esto incluye sobrepasar una admisión previa incluso por un día.

 

Viajeros con Antecedentes Penales

  • Las condenas por ciertos delitos pueden hacer que no sea elegible para viajar a los EE. UU.  La única manera de saber con certeza si su registro de antecedentes penales lo hace inelegible es solicitar un visado.  Solo un oficial consular puede determinar su elegibilidad para el visado.
  • Debe llevar una copia de su Informe de Antecedentes Penales a la entrevista para el visado.
  • Incluso si su condena hace que no sea elegible para viajar a los EE. UU., es posible que pueda obtener una exención temporal de esta inelegibilidad.  Debe discutir esto con el oficial consular en el momento de la entrevista.  El procesamiento de la exención puede demorar de 6 a 8 meses, por lo que si cree que puede requerir una exención, solicítela con anticipación. Siempre recomendamos que no realice ningún compromiso financiero para viajar hasta que haya recibido un visado.
  • Una nota especial sobre los solicitantes con condenas por BEBER MIENTRAS MANEJA: De acuerdo con los solicitantes de USCBP con una sola condena DIC / DUI NO es motivo para negar la entrada a los EE. UU .; sin embargo, múltiples condenas DIC / DUI o una condena DIC / DUI en combinación con otros delitos menores pueden hacer que una persona sea inadmisible y exija una exención antes de entrar en los Estados Unidos.
  • Si ha tenido algún delito menor de tráfico que no haya resultado en un arresto o condena, puede usar el VWP, siempre que esté calificado.  Si el delito de tráfico ocurrió mientras estuvo en los Estados Unidos y usted tiene una multa pendiente en su contra o no asistió a la audiencia de la corte, es posible que exista una orden de detención para su arresto.  Debe resolver estos problemas antes de viajar comunicándose con la corte donde se presentaría.  Si no conoce la dirección del tribunal, la información está disponible en el sitio web de los Tribunales de los Estados Unidos.

 

 

Paso 1. Compruebe la validez de su pasaporte

Su pasaporte debe ser válido por al menos seis meses después de su período de estadía en los Estados Unidos, a menos que esté exento por los acuerdos específicos de países (PDF, 57 KB). Si se incluye más de una persona en su pasaporte, cada persona que necesite un visado debe presentar una solicitud por separado.

Paso 2. Complete la solicitud de visado de no inmigrante en línea, formulario DS-160

  • Solicite el visado de no inmigrante en línea completando el formulario DS-160.

Tenga en cuenta que debe responder a CADA pregunta en los formularios de solicitud.  Si la respuesta a una pregunta es “ninguna”, escriba “ninguna” (no la deje en blanco).  Los formularios incompletos / incorrectos serán devueltos y requerirán que programe una nueva cita para la entrevista.

¡Importante! Muchos de nuestros solicitantes de visado están completando el DS-160 de manera incorrecta, lo que nos lleva a posponer las fechas de entrevista de visados planeadas. Tenga en cuenta también que si rellena una solicitud pero no asiste a su entrevista,  se eliminará su solicitud del sistema. Deberá volver a rellenar un nuevo formulario de solicitud por internet si vuelve a solicitar una entrevista. Si agenda citas duplicadas, eliminaríamos todas excepto la primera.

 

Paso 3. Añada  cualquier documentación adicional

Solo se requiere un pasaporte, la página de confirmación DS-160, una foto en color de 2 x 2 pulgadas que no tenga más de 6 meses, con un fondo claro o blanco, y los formularios enumerados en el Paso 2 para la entrevista de visa. Se puede añadir documentos adicionales para establecer si está calificado. Por ejemplo, los documentos adicionales solicitados pueden incluir evidencia de:

  • El propósito de su viaje;
  • Su intención de salir de los Estados Unidos después de su viaje; y / o
  • Su capacidad de pagar todos los gastos del viaje.

Nota: Los solicitantes de visado deben calificar en base a la residencia del solicitante y los vínculos en el extranjero, en lugar de las garantías de familiares y amigos en los EE. UU.  No se necesita una carta de invitación o declaración jurada de respaldo para solicitar un visado de turista. Si elige traer una carta de invitación o declaración jurada de respaldo a su entrevista, recuerde que no es uno de los factores que utilizamos para determinar si emitir o denegar un visado de turista.

Paso 4. Solicite una cita de entrevista

Para coger una cita para una entrevista de visado de no inmigrante (NIV), consulte el Sistema de citas NIV en línea de la Embajada.  Debe traer la página de confirmación de su cita a la entrevista.

Llegue 15 minutos antes de la cita, el acceso tardío se otorga hasta 15 minutos después de la hora programada.

Paso 5. Presente su formulario de solicitud y pasaporte

Entregue la hoja de confirmación del DS-160 completa,  una foto reciente en color con fondo blanco y sin lentes de 2 x 2 pulgadas y un pasaporte válido a la Sección Consular cuando llegue para su entrevista.

Paso 6. Pague la tarifa de MRV

El día de su entrevista, pague las siguientes tarifas no reembolsables para la solicitud de visado: $ 160 para visados de no inmigrante B-1 (Negocios) y B-2 (Turismo y visita); $ 190 para los  visados H, L, O, P, Q y R; y $ 270 para los visados E

Paso 7. Entrevista para su visado con el oficial consular

Durante su entrevista, un oficial consular determinará si usted está calificado para recibir un visado, y si es así, qué categoría de visado es la adecuada según su propósito de viaje.  Deberá establecer que cumple con los requisitos de la ley de los EE. UU. para recibir la categoría de visado que está solicitando.

Como parte de su proceso de solicitud, se le tomará las huellas digitales. Por lo general, se toman durante la entrevista, pero esto varía según la ubicación.

Paso 8. Pague la tasa de emisión del visado

Pagará una tarifa para la  emisión de un visado, según el tipo de visado emitido y su nacionalidad (reciprocidad).

Paso 9. Vuelva para recoger su pasaporte y visado

Si se le expide el visado, regrese el miércoles siguiente a las 3 de la tarde o el viernes a las 10 de la mañana para recoger su pasaporte y visado. Los pasaportes serán entregados en la cabina en la esquina más alejada del estacionamiento.

Algunas solicitudes de visado requieren un proceso administrativo adicional, que toma tiempo adicional después de la entrevista del solicitante por parte de un oficial consular.  Los solicitantes son informados de este requisito cuando  solicitan. La mayoría del proceso administrativo se resuelve dentro de los 60 días de la entrevista del visado. Cuando se requiere un procesamiento administrativo, el tiempo variará según las circunstancias individuales de cada caso.

Si su visado ha sido denegado, puede encontrar información útil sobre Inelegibilidades y exenciones en usvisas.state.gov.

Entrando a los Estados Unidos

Un visado le permite a un ciudadano extranjero viajar a un puerto de entrada de los Estados Unidos (generalmente un aeropuerto) y solicitar permiso para entrar a los Estados Unidos. Un visado no garantiza la entrada a los Estados Unidos.  Los funcionarios del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de los EE. UU. en el puerto de entrada tienen la autoridad de permitir o denegar la admisión a los Estados Unidos.  Si se le permite entrar a los Estados Unidos, el funcionario de CBP le pondrá un sello de admisión o un Formulario I-94 en papel y registro de llegada / salida.  Obtenga más información sobre los requisitos de entrada y admisión, las restricciones sobre el suministro de alimentos, productos agrícolas y otros productos restringidos / prohibidos, y más, revisando el sitio web de CBP.

Extendiendo Su Estancia

Consulte Extienda su estadía en el sitio web de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) para obtener información sobre cómo solicitar una prórroga de su estadía más allá de la fecha indicada en su sello de admisión o en el Formulario I-94 en papel.

Debe salir de los Estados Unidos en o antes de la fecha indicada en su sello de admisión o en el Formulario I-94 en papel, a menos que su solicitud de prórroga de su estadía sea aprobada por USCIS.  El hecho de no salir a tiempo de los Estados Unidos también puede resultar en que usted no sea elegible para los visados que puede solicitar en el futuro.  Revise las denegaciones de visa, inelegibilidad y exenciones; las leyes para obtener más información.

Cambio de Estado

Mientras se encuentre en los Estados Unidos, puede solicitar que los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) cambien su estado de no inmigrante a otra categoría de no inmigrante.  Vea Cambiar mi estado de no inmigrante en el sitio web de USCIS para obtener más información.

Solicite un cambio de estado de USCIS mientras se encuentra en los Estados Unidos y antes de que caduque su estadía autorizada no requiere que solicite un nuevo visado.  Sin embargo, si no puede permanecer en los Estados Unidos mientras USCIS procesa su solicitud de cambio de estado, debe solicitar un visado en una Embajada o Consulado de los Estados Unidos.

Información Adicional

Los visitantes no estan permitido aceptar empleo o trabajar en los Estados Unidos.

No podemos garantizar que se le otorgará un visado. No haga planes finales de viaje ni compre billetes hasta que tenga un visado.

A menos que sea cancelado o revocado, un visado es válido hasta su fecha de vencimiento.  Por lo tanto, un visado válido de los EE. UU. en un pasaporte vencido sigue siendo válido.  Si tiene un visado válido en su pasaporte vencido, no lo retire de su pasaporte vencido.  Puede usar su visado válido en su pasaporte vencido junto con un nuevo pasaporte válido para viajar y entrar a los Estados Unidos.